¿Cuánto dinero suponen los gastos en la firma de la hipoteca?
Tenemos que diferenciar dos grupos de gastos:
a) Gastos previos a que nos concedan la hipoteca
b) Gastos una vez concedida la hipoteca
1) Gastos previos a que nos concedan la hipoteca
Tasación: la entidad financiera efectuará una tasación de la vivienda que se quiere hipotecar. Esta valoración es obligatoria por ley y debe realizarla una entidad tasadora inscrita y registrada en el Banco de España. Sirve para determinar el valor real del inmueble. Su coste puede estar entre a los 250-450 euros, dependiendo de la entidad y del valor final del inmueble
La tasación tienen una vigencia de 6 meses desde la fecha de emisión
Desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria en junio de 2019, el resto de gastos son asumidos por el banco.
2) Gastos una vez concedida la hipoteca
- Comisión de apertura: es entre el 0% y el 2% del capital prestado (según lo pactado con la entidad). Esta cantidad se deduce directamente del dinero que entrega al prestatario
- IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados): este impuesto se paga siempre que se suscribe un documento notarial que luego debe inscribirse en el registro y con cuantía económica. Desde noviembre de 2018 entró en vigor un decreto ley que obliga a que sean los bancos quienes paguen este impuesto a partir de entonces
- Notaría: los gastos de notario son los que se producen por el otorgamiento de la escritura pública del préstamo hipotecario. Este gasto es asumido por la entidad desde junio 2019.
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